Presentación de la información de los contratos de prestación de servicios o trabajos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social.

IMSS-02-074

El patrón o sujeto obligado, cualquiera que sea su personalidad jurídica o su naturaleza económica, deberá presentar la información relativa a las partes y generalidades de los contratos de prestación de servicios o trabajos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social.

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  • Los patrones y beneficiarios mediante su Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) o su Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario (CIEB) activada deben entrar al Sistema de Prestaciones de Servicios (SIPRESS) y comunicar dentro de los primeros 15 días de los meses de enero, abril, julio y octubre, la información respecto de los contratos de prestación de servicios celebrados en el trimestre anterior, la cual les impone el párrafo quinto del artículo 15-A.

    • Patrón o sujeto obligado, cualquiera que sea tu personalidad jurídica o naturaleza económica
    • Beneficiario de los trabajos ejecutados o servicios prestados
    • Formato “Información de los contratos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 15-A, de la Ley del Seguro Social (PS-1)” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2009, en relación con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate.
    • Los beneficiarios que acudan a la Subdelegación para activar su Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario (CIEB), cuando no cuenten con ella, deberán presentar en original, para cotejo y copia simple (que el Instituto conservará), los siguientes documentos:

      Identificación oficial del solicitante, con fotografía y firma; cualquiera de las siguientes:
      Identificación oficial del solicitante, con fotografía y firma, como puede ser:

      Para extranjeros:

      • Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad de tu país
      • Forma migratoria FM2 o FM3 expedida por el Instituto Nacional de Migración
      • Poder notarial en el que conste que el representante legal tiene la facultad para actos de dominio o para actos de administración
  • Por Internet

    El servicio es las 24 horas, los 365 días del año y podrán realizarlo:

    • Patrones, sujetos obligados o beneficiarios, mediante el portal del IMSS a través del Sistema IMSS desde su Empresa (IDSE), accediendo con su Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y certificado digital.
    • Beneficiarios de los servicios o trabajos que no cuenten con Registro Patronal, mediante el portal del IMSS a través del Sistema de Identificación Electrónica de Beneficiarios, accediendo con su Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario (CIEB).

    De manera presencial

    • El trámite para obtener la Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario (CIEB) debe realizarse en la Subdelegación que indique el sistema al concluir el pre-llenado.
    • El Horario de presentación en la Subdelegación para que los Beneficiarios activen su Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario (CIEB) es de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas.

    Consulta el domicilio de tu Subdelegación

  • Requisitos:

    Patrones, sujetos obligados o beneficiarios, deberán presentar la información solicitada en el formato “Información de los contratos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 15-A, de la Ley del Seguro Social (PS-1)” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2009, en relación con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate, durante los primeros 15 días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre.

    Los beneficiarios sin Registro Patronal dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha en que efectuó el pre-llenado, deberán acudir a la Subdelegación que le indique el sistema por única ocasión para que firme de manera autógrafa en 2 tantos el formato impreso en la Subdelegación correspondiente y se le entregue un tanto como acuse de recibo que contendrá la fecha y hora de su recepción y un sello digital y se le active Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario (CIEB).

    Vigencia:

    La respuesta al patrón sobre la presentación de la información es inmediato, al generar en la misma forma el recibo criptográfico que avala esta operación ya sea que se entregue vía sistemas o en la subdelegación.

  • Si realizas el trámite a través del sistema, recibirás de manera inmediata un recibo criptográfico que avala tu operación.

Todos los trámites son gratuitos

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  • Para información, comentarios, quejas o denuncias, contáctanos

Patrón o sujeto obligado, cualquiera que sea tu personalidad jurídica o naturaleza económica que, en virtud de un contrato, cualquiera que sea su forma o denominación, como parte de las obligaciones contraídas, deberás presentar la información relativa a las partes y generalidades de los contratos.

13/05/2015 - 09:09